¿Qué debo hacer para facturar según el Anexo Técnico 1.8?

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Estimados Clientes

El 18 de agosto de 2.021 La DIAN ha liberado en Producción de Facturación Electrónica nuevas validaciones sobre los documentos que están expresados en por la DIAN en la Resolución 0012 y Resolución 0037 a través del Anexo Técnico 1.8 y nuestra Plataforma ya se encuentra adaptada para manejar dichos cambios.

¿Qué debo hacer para facturar según el Anexo Técnico 1.8?


La gran mayoría de nuestros clientes no deben realizar cambios. Nuestra plataforma ha recibido mejoras y actualizaciones para adoptar los nuevos Anexos técnicos de forma casi transparente.
Existen algunos datos que recomendamos revisar previo a la emisión de sus documentos para evitar cualquier inconveniente.

Detalles a revisar


  • Datos fiscales
Por favor revise los siguientes catálogos que han recibido cambios o ajustes según el nuevo anexo técnico, realice los ajustes necesarios si alguno le corresponde.


  • Régimen del contribuyente: las descripciones ahora incluyen "Persona Natural y asimiladas" y "Persona Jurídica y asimiladas"
  • Responsabilidades: Si Usted usa la responsabilidad R-99-PN, por favor verifique que su descripción ha cambiado a cambió a "No aplica - otros"
  • Detalles tributarios o Impuestos: Se han incluido nuevos detalles tributarios como IVA, INC, IVA e INC, y "No Aplica"



  • Correo de recepción de la DIAN
Por exigencias de la nueva normativa, debe considerar la actualización de su correo de contacto en la sección de Datos fiscales. Este debe coincidir con el correo de recepción que Usted haya configurado en la DIAN.


Nota: Si Usted ya tiene configurado este correo puede hacer caso omiso a este punto.


Los pasos para configurar el correo de recepción lo puede encontrar aquí: Configurar Correo Recepción DIAN



¿Qué cosas han cambiado respecto al Anexo 1.7 que me pueden afectar?


  • Manejo de los Anticipos
El anexo técnico 1.8 ha cambiado la forma en que los anticipos de las facturas son reportados.
Los anticipos de las facturas segun el nuevo anexo ahor se consideran informativas, por lo que ahora los anticipos de las facturas no pueden ser descontados de los totales apagar de una factura.


  • Detalles tributarios de los adquirientes
Los catálogos de detalles tributarios del anexo 1.8 han sido reducidos, por lo que si usted tiene configurados clientes con distintos detalles tributarios a los que se muestran a continuación deberá actualizarlos:
Código Significado
01 IVA
04 INC
ZA IVA e INC
ZZ No aplica


Si Usted factura a través del Portal HKAFactura, sus catálogos han sido actualizados de forma automática. Si tiene dudas puede verificar sus clientes y revisar como han quedado sus datos.