Cambios Integración Anexo V 1.8
Cambios Integración Anexo V 1.8
En el siguiente apartado se documentan los cambios que se deben tener en cuenta según el anexo técnico V1.8 establecido por la Dian, entre los cuales se registra Actualización de Catálogos, Nuevas Reglas de Rechazo y Cambio en cálculos:
Se elimina la referencia a facturas del modelo de Validación Posterior
El valor por default es 20, lo anterior quiere decir que si no se informa un valor, se asume que es 20 y aplicarán el
conjunto de validaciones correspondiente. (*) Preferible para uso de notas rebate o de descuentos condicionados.
Notas tipo 22 no tienen validación de rechazo. Objeto de control posterior.
Código | Valor |
---|---|
20 | Nota Crédito que referencia una factura electrónica. |
22 | Nota Crédito sin referencia a facturas*. |
El valor por default es 30, lo anterior quiere decir que si no se informara un valor se sume 30 y aplicarán el conjunto
de validaciones correspondiente. Notas tipo 32 y 33 no tienen validación de rechazo. Objeto control posterior.
Código | Valor |
---|---|
30 | Nota Débito que referencia una factura electrónica. |
32 | Nota Débito sin referencia a facturas*. |
Cambia Tipo de Identificador Fiscal
Se agrega el Código 47 PEP. El cual deberá utilizarse solamente para el adquiriente, debido a que este tipo de documento no pertenece a los tipos de documentos en la base de datos del RUT.
Código | Valor |
---|---|
11 | Registro civil |
12 | Tarjeta de identidad |
13 | Cedula de ciudadanía |
21 | Tarjeta de extranjería |
22 | Cédula de extranjería |
31 | NIT |
41 | Pasaporte |
42 | Documento de identificación extranjero |
47 | PEP |
50 | NIT de otro país |
91 | NUIP* |