Comunicado - EVITE SANCIONES FISCALIZACIÓN DE LA DIAN
URGENTE - EVITE SANCIONES
FISCALIZACIÓN DE LA DIAN - FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA
Estimados clientes y casas de software aliadas.
El presente tiene como finalidad invitarles a realizar un autoanálisis de los procesos tendientes a la generación y emisión de la factura electrónica de venta mediante impresoras de sistema POS y la impresión y/o envío del formato digital de la misma, todo esto a fin de que sean superadas las fiscalizaciones que está llevando a cabo la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN; en este sentido, a continuación listamos los puntos de atención para lograr el cumplimiento normativo:
A la pregunta: Como Facturador Electrónico, cuáles son los requisitos para emitir una Factura Electrónica de Venta a sus clientes, de conformidad con las disposiciones plasmadas en la Circular Externa 000007 de 24-10-2022, los requisitos son:
- Nombre completo y/o Razón Social.
- Número de documento de identidad o NIT.
- Correo electrónico (no obligatorio), si el cliente se niega a ofrecerle este requerimiento deberá imprimir la represenación gráfica de manera inmediata de la Factura Electrónica de Venta.
Consideraciones importantes:
- No solicitar documentos como RUT, Cámara de comercio, documento de identidad, entre otros.
- Si la compra supera las 5 UVT debe expedirse una factura electrónica de venta, ya sea con los datos del cliente o como consumidor final, según sea el caso, esta se debe expedir incluso si el cliente no la solicita. En los casos en que se expida la factura electrónica, siempre se debe dar la oportunidad al cliente para que dé sus datos, solo en aquellos casos que el cliente no dé la información se expide con los datos de consumidor final.
- Imprimir una tirilla o documento que cumpla con los requisitos mínimos de la Factura electrónica de venta establecidos en el artículo 29 de la Resolución 0000042 del 05-05-2020.
- No colocar coletillas en documentos distintos a una factura electrónica de venta en donde indique que la factura electrónica de venta deben solicitarla por un enlace, o mediante un correo electrónico.
- No incluir texto que no se encuentre dentro del marco regulatorio de la factura electrónica de venta, ejemplo que este documento es un título valor o un título ejecutivo.
Por otra parte, debe realizar de manera inmediata una exhaustiva revisión a la representación gráfica de Factura electrónica de venta impresa en tirilla POS o el documento en formato digital, para esto nos permitimos adjuntar el documento denominado Requisitos de representaciones gráficas de factura electrónica.
De igual forma, puede consultar esta información en la wiki por medio del siguiente enlace
Si su empresa utiliza la representación gráfica estándar de The Factory HKA Colombia SAS puede tener total tranquilidad pues nos hemos asegurado de cumplir las exigencias que para tal fin ha dispuesto la DIAN.
Omitir las actualizaciones o no atender lo previamente expresado es so pena de sanción por parte de la DIAN.
Tenga en cuenta, que la DIAN no le solicitará certificado alguno del proveedor tecnológico, pues la entidad de administración tributaría al momento de la Fiscalización ha determinado el proveedor tecnológico que tiene registrado en el Muisca, tenga en cuenta que debe actualizar esta información si ha cambiado de proveedor tecnológico y eliminar el que ya no lo es.
La presente comunicación se realiza con motivo de los seguimientos que como Proveedor Tecnológico debemos realizar a los clientes y aliados, con el fin de que se cumplan al pie de la letra las disposiciones regulatorias de la Factura Electrónica de Venta, a modo preventivo y que no se reciban sanciones.
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The Factory HKA Colombia SAS